CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- Por primera vez la nueva conformación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó la penalización del aborto forzado del Estado de Zacatecas y declaró que el Congreso local incurrió en una deficiencia que viola el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte invalidó la frase “con o sin el consentimiento de la víctima” del artículo 311 Bis del Código Penal de Zacatecas, que describe el delito de aborto forzoso.
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