CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que no puede revisar las sentencias emitidas por las extintas Salas, pero dejó abierta la posibilidad a permitir la reapertura de juicios con sentencias definitivas cuando se alegue fraude, aunque no esté previsto en la ley.
Durante la sesión del Pleno de la Corte, la ministra Lenia Batres Guadarrama presentó su proyecto de resolución de la consulta planteada por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, para determinar si la Corte podía o no revisar las sentencias de amparo directo emitidas por las extintas Salas.
Adquiere una fotografía para ilustrar esta nota aquí